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Temporada de Asambleas, la democracia cooperativa

El principio del control democrático

De acuerdo a la declaración de Manchester de la Alianza Cooperativa Internacional de 1995, las cooperativas, para serlo, deben cumplir los principios cooperativos, todos por completo, sin excepción, pues son pautas que determinan la identidad de las mismas. 

Acerca de la democracia, el principio de control democrático establece lo siguiente: 

Las cooperativas son organizaciones democráticamente administradas por sus asociados, quienes participan activamente en la fijación de políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos como representantes son responsables ante los asociados. En las cooperativas primarias los asociados tienen iguales derechos de voto (un asociado, un voto) y las cooperativas de otros niveles se organizan asimismo en forma democrática.

Pueden consultar la declaración de Manchester en el siguiente botón:

Asambleas de nuestras cooperativas

Las facultades de las Asambleas

Las decisiones de mayor importancia para la cooperativa son tomadas en Asamblea general, estás son, de acuerdo a la Ley general de sociedades cooperativas, en su artículo 36, las siguientes:

Además de los aspectos legales de la Asamblea, es un espacio de encuentro entre socios, un lugar para fortalecer la identidad,  para rendir cuentas y tomar las decisiones que definen el rumbo de la organización. 

Los socios podemos confiar y reforzar nuestra obra común, podemos felicitar o exigir la rendición de cuentas y podemos elegir a aquellos que en nuestro nombre administrarán y vigilarán el adecuado desarrollo de la Cooperativa. 

Enhorabuena y éxitos en sus Asambleas

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